Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial
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ICCE América, IV.2009
El 21 de marzo se celebra “El Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial”, que fue instituido por la Asamblea general de la ONU en el año 1966; lo anterior se debió a que en el año 1960 en Sudáfrica, la policía abrió fuego y mató a 69 personas en una manifestación pacífica contra las leyes de pases del apartheid; desde ese momento el mundo tomó cartas en el asunto de la discriminación Racial y de otro tipo.
En pleno siglo XXI, estos problemas sociales no se han logrado erradicar de los Estados, existiendo tanto en países en vías de desarrollo como en los desarrollados, por lo cual, la lucha está presente; los estudiosos de los temas culturales han sub-clasificado o tipificado la discriminación a grandes rasgos en: Formas institucionalizadas e indirectas de racismo y discriminación racial contra minorías nacionales, raciales, étnicas, lingüísticas y religiosas y contra trabajadores migratorios en todo el mundo y la discriminación ideológica, detectando nuevas manifestaciones de racismo y xenofobia en los países desarrollados en particular.
El objetivo es que los gobiernos puedan garantizar que dichos grupos discriminados puedan realmente dejar de ser marginados y puedan tener respeto en sus derechos fundamentales como: El derecho a la igualdad de tratamiento en los tribunales y todos los demás órganos que administran justicia.
El derecho a la seguridad personal y a la protección del Estado contra todo acto de violencia o atentado contra la integridad personal cometido por funcionarios públicos o por cualquier individuo, grupo o institución.
Los derechos políticos, en particular el de tomar parte en elecciones, elegir y ser elegido, por medio del sufragio universal e igualmente, el de participar en el gobierno y en la dirección de los asuntos públicos en cualquier nivel, y el de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas.
Otros derechos civiles, en particular:
- a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado;
- a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país;
- a una nacionalidad; al matrimonio y a la elección del cónyuge;
- a ser propietario, individualmente y en asociación con otros;
- a heredar;
- a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión;
- a la libertad de opinión y de expresión;
- a la libertad de reunión y de asociación pacíficas
Los derechos económicos, sociales y culturales, en particular:
-al trabajo, a la libre elección de trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, a la protección contra el desempleo, a igual salario por trabajo igual y a una remuneración equitativa y satisfactoria;
- a fundar sindicatos y a sindicalizarse;
- a la vivienda; a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales;
- a la educación y la formación profesional;
- a participar, en condiciones de igualdad, en las actividades culturales;
- al acceso a todos los lugares y servicios destinados al uso público, tales como los medios de transporte, hoteles, restaurantes, cafés, espectáculos y parques.
En México se contempla la prohibición de cualquier tipo de discriminación en los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Carta Magna, la Cláusula de Reserva donde se prohíbe no tan solo al Gobierno sino a las empresas particulares y sociedad en general hacer cualquier tipo de distingos, donde se reconoce la igualdad entre hombres y mujeres independiente a la raza, religión e ideología, aunado a que somos una sociedad pluricultural.
Por lo anterior, México ha tratado de cumplir con los compromisos signados con la ONU sobre este tema de discriminación y siendo uno de los temas que la humanidad tratará de erradicar en los diferentes países integrando una cultura de respeto multicultural, en bien de la humanidad.
ICCE América, IV.2009
El 21 de marzo se celebra “El Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial”, que fue instituido por la Asamblea general de la ONU en el año 1966; lo anterior se debió a que en el año 1960 en Sudáfrica, la policía abrió fuego y mató a 69 personas en una manifestación pacífica contra las leyes de pases del apartheid; desde ese momento el mundo tomó cartas en el asunto de la discriminación Racial y de otro tipo.
En pleno siglo XXI, estos problemas sociales no se han logrado erradicar de los Estados, existiendo tanto en países en vías de desarrollo como en los desarrollados, por lo cual, la lucha está presente; los estudiosos de los temas culturales han sub-clasificado o tipificado la discriminación a grandes rasgos en: Formas institucionalizadas e indirectas de racismo y discriminación racial contra minorías nacionales, raciales, étnicas, lingüísticas y religiosas y contra trabajadores migratorios en todo el mundo y la discriminación ideológica, detectando nuevas manifestaciones de racismo y xenofobia en los países desarrollados en particular.
El objetivo es que los gobiernos puedan garantizar que dichos grupos discriminados puedan realmente dejar de ser marginados y puedan tener respeto en sus derechos fundamentales como: El derecho a la igualdad de tratamiento en los tribunales y todos los demás órganos que administran justicia.
El derecho a la seguridad personal y a la protección del Estado contra todo acto de violencia o atentado contra la integridad personal cometido por funcionarios públicos o por cualquier individuo, grupo o institución.
Los derechos políticos, en particular el de tomar parte en elecciones, elegir y ser elegido, por medio del sufragio universal e igualmente, el de participar en el gobierno y en la dirección de los asuntos públicos en cualquier nivel, y el de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas.
Otros derechos civiles, en particular:
- a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado;
- a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país;
- a una nacionalidad; al matrimonio y a la elección del cónyuge;
- a ser propietario, individualmente y en asociación con otros;
- a heredar;
- a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión;
- a la libertad de opinión y de expresión;
- a la libertad de reunión y de asociación pacíficas
Los derechos económicos, sociales y culturales, en particular:
-al trabajo, a la libre elección de trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, a la protección contra el desempleo, a igual salario por trabajo igual y a una remuneración equitativa y satisfactoria;
- a fundar sindicatos y a sindicalizarse;
- a la vivienda; a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales;
- a la educación y la formación profesional;
- a participar, en condiciones de igualdad, en las actividades culturales;
- al acceso a todos los lugares y servicios destinados al uso público, tales como los medios de transporte, hoteles, restaurantes, cafés, espectáculos y parques.
En México se contempla la prohibición de cualquier tipo de discriminación en los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Carta Magna, la Cláusula de Reserva donde se prohíbe no tan solo al Gobierno sino a las empresas particulares y sociedad en general hacer cualquier tipo de distingos, donde se reconoce la igualdad entre hombres y mujeres independiente a la raza, religión e ideología, aunado a que somos una sociedad pluricultural.
Por lo anterior, México ha tratado de cumplir con los compromisos signados con la ONU sobre este tema de discriminación y siendo uno de los temas que la humanidad tratará de erradicar en los diferentes países integrando una cultura de respeto multicultural, en bien de la humanidad.
Etiquetas: Antropología, Liberación, Universidad
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