DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES EN EUROPA
1. Los padres tienen el derecho de educar a sus hijos sin discriminaciones por motivo del color de su piel, de su sexo, orígenes étnicos nacionalidad, creencias, orientación sexual o situación económica.
Los padres tienen el deber de educar a sus hijos en aras de la mutua responsabilidad y en un mundo humano.
2. Los padres tienen el derecho del reconocimiento de su primacía como educadores de sus hijos. Los padres tienen el deber de educar a sus hijos de manera responsable y no desatenderlos.
3. Los padres tienen el derecho al pleno acceso de sus hijos al sistema educativo en base a sus necesidades, capacidades y méritos. Toda persona tiene derecho a la educación y al acceso a la formación profesional. Los padres deben comprometerse como socios de la escuela en la educación de sus hijos.
4. Los padres tienen derecho de acceso a toda la información de la escuela relativa a sus hijos.
Los padres tienen el deber de proporcionar a la escuela de sus hijos toda la información pertinente orientada al logro de los objetivos educativos para cuyo alcance trabajan en común.
5. Los padres tienen el derecho a elegir la educación más acorde con sus convicciones y con los valores que asuman en la educación de sus hijos y a la creación, de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio, de centros docentes del respeto a los principios democráticos.
Los padres tienen el deber de realizar opciones con conocimiento de causa y conscientemente, en cuanto a la educación que sus hijos deben recibir.
6. Los padres tienen derecho a que se les garantice la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas, y por tanto, el sistema educativo debe respetar sus raíces espirituales y culturales en la educación impartida a sus hijos.
Los padres tienen el deber de educar a sus hijos respetando y aceptando al prójimo y sus convicciones.
7. Los padres tienen el derecho a participar e influir en la política aplicada por la escuela a sus hijos.
Los padres tienen el deber de comprometerse personalmente en la participación con la escuela de sus hijos, considerada como un elemento fundamental de la comunidad local.
8. Los padres y las asociaciones de padres tienen el derecho de ser activamente consultados acerca de la política de educación adoptada por las autoridades públicas a todos los niveles.
Los padres deben poseer organizaciones representativas democráticas a todos los niveles que les representen a ellos y a sus intereses.
9. Los padres tienen el derecho a la asistencia material del sector público para superar los obstáculos financieros de acceso a la educación de sus hijos. Este derecho incluye la facultad de recibir gratuitamente la enseñanza obligatoria.
Los padres tienen el deber de comprometerse personalmente y dedicar tiempo a sus hijos y a su escuela respaldando sus esfuerzos para alcanzar los objetivos educativos.
10. Los padres tienen desecho a obtener una educación de alta calidad por parte de las autoridades públicas competentes.
Los padres tienen el deber de ayudarse mutuamente para mejorar sus aptitudes como educadores principales y como socios en la relación existente entre el hogar y la escuela.
Los padres tienen el deber de educar a sus hijos en aras de la mutua responsabilidad y en un mundo humano.
2. Los padres tienen el derecho del reconocimiento de su primacía como educadores de sus hijos. Los padres tienen el deber de educar a sus hijos de manera responsable y no desatenderlos.
3. Los padres tienen el derecho al pleno acceso de sus hijos al sistema educativo en base a sus necesidades, capacidades y méritos. Toda persona tiene derecho a la educación y al acceso a la formación profesional. Los padres deben comprometerse como socios de la escuela en la educación de sus hijos.
4. Los padres tienen derecho de acceso a toda la información de la escuela relativa a sus hijos.
Los padres tienen el deber de proporcionar a la escuela de sus hijos toda la información pertinente orientada al logro de los objetivos educativos para cuyo alcance trabajan en común.
5. Los padres tienen el derecho a elegir la educación más acorde con sus convicciones y con los valores que asuman en la educación de sus hijos y a la creación, de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio, de centros docentes del respeto a los principios democráticos.
Los padres tienen el deber de realizar opciones con conocimiento de causa y conscientemente, en cuanto a la educación que sus hijos deben recibir.
6. Los padres tienen derecho a que se les garantice la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas, y por tanto, el sistema educativo debe respetar sus raíces espirituales y culturales en la educación impartida a sus hijos.
Los padres tienen el deber de educar a sus hijos respetando y aceptando al prójimo y sus convicciones.
7. Los padres tienen el derecho a participar e influir en la política aplicada por la escuela a sus hijos.
Los padres tienen el deber de comprometerse personalmente en la participación con la escuela de sus hijos, considerada como un elemento fundamental de la comunidad local.
8. Los padres y las asociaciones de padres tienen el derecho de ser activamente consultados acerca de la política de educación adoptada por las autoridades públicas a todos los niveles.
Los padres deben poseer organizaciones representativas democráticas a todos los niveles que les representen a ellos y a sus intereses.
9. Los padres tienen el derecho a la asistencia material del sector público para superar los obstáculos financieros de acceso a la educación de sus hijos. Este derecho incluye la facultad de recibir gratuitamente la enseñanza obligatoria.
Los padres tienen el deber de comprometerse personalmente y dedicar tiempo a sus hijos y a su escuela respaldando sus esfuerzos para alcanzar los objetivos educativos.
10. Los padres tienen desecho a obtener una educación de alta calidad por parte de las autoridades públicas competentes.
Los padres tienen el deber de ayudarse mutuamente para mejorar sus aptitudes como educadores principales y como socios en la relación existente entre el hogar y la escuela.
Etiquetas: Educación, Política, PP de familia
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