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Nombre: Alforja Calasanz
Ubicación: Valencia, Malvarrosa, Spain

miércoles, junio 13, 2007

LA LEY GENERAL DEL AGUA DE NICARAGUA

NICARAGUA: APRUEBAN LEY GENERAL DE AGUAS NACIONALES
Aldo Palacios

Finalmente en Nicaragua contamos con una Ley General de Aguas Nacionales, aprobada el 15 de mayo de 2007, la que permitirá regular todos los usos que actualmente se le está dando, unos mayores que otros, unos para subsistir otros para enriquecerse. Tal es el caso de la agroindustria arroz, café, ganadería, azúcar, cervezas, rones, gaseosas, lácteos, pesca, jugos, minería, soja, maní, ajonjolí, cemento, entre otros. Cuyos rubros son los mayores consumidores de agua, según datos Tercer Informe sobre el Estado del Ambiente en Nicaragua, GEO 2006.

La extracción de agua subterráneas a través de pozos perforados y excavados es utilizada principalmente para el cultivos de caña, ajonjolí, maní; la industria en general; el consumo doméstico, producción de alimentos; y la municipalidad para usos varios. Las evaluaciones de extracción en el aprovechamiento del acuífero de León y Chinandega revelan que la extracción estimada del acuífero es de 237.37 Millones de Metros Cúbicos (MM3/anual), de estas extracciones los cultivos de riego para la agro exportación es de aproximadamente 176.9 MM3 (74.6 %); industria con 20.47 (8.6 %); el municipio 23.8 MM3 (10 %); y el uso doméstico 16.2 (6.8%).

Solamente la producción agroexportación y la industria consumen más del 80% del agua, esperamos que con la nueva Ley General de Aguas Nacionales, estos sectores paguen cánon por uso de agua (Servicios ambientales de cuenca: captación, regulación, gestión y asignación de agua) y por vertido (daños ambientales por vertido y otras acciones insitu) de aguas residuales al ambiente, juntos estos consumen 197.37 millones de metros cúbicos (MM3 ) de agua, si estos, por dar un ejemplo pagaran U$ 0.10 (diez centavos dólar por cada metro cúbico), aportarían al Estado U$ 19.737 millones de dólares, este es solamente un sector agreguemos los demás sectores, es una cantidad considerable de recurso financiero que podrían ser utilizados en protección y producción de los recursos hídricos.

Con todo este recurso económico que el Estado percibiría, se pueden resolver la falta de cobertura del servicio de agua potable y saneamiento al más de 30% de nicaragüenses que actualmente no tienen acceso al servicio público, no habría razón de hacerles prestamos al Banco Mundial, Fondo Monetario y Banco Interamericano de Desarrollo, para el sector agua y saneamiento, sí se invierte acorde a criterios técnicos.

Estaríamos cumpliendo las metas del milenio, como es llevar agua y saneamiento al año 2015 al 15% de la población y más allá del compromiso internacional, se puede mejorar el nivel de vida de las comunidades y población en general, quienes hasta nuestros días solamente han dado y no han recibido de parte del Estado los beneficios que los recursos naturales han proporcionado y que un pequeño grupo se los ha apropiado.
Se diseñaría toda una política y planes de acciones con manejo integral en las cuencas nacionales.

De lo anterior podemos observar la enorme presión y demanda que recibe el recursos hídrico para todas las actividades económicas y sociales, donde cada día que pasa hay más demanda y poca producción, con el aumento de la población y por consiguiente el aumento de producción de bienes y servicios.

Por otro lado la Ley permite crear una autoridad nacional. No obstante, el reto radica en identificar a los mejores profesionales de la materia, para iniciar en Nicaragua el orden sobre los usos de agua, por ende se termine la anarquía, ojalá que esta nueva institución no sea tomada por los oscuros intereses internos como externos, para que todas las políticas y concesiones de agua les sea favorables a estos intereses.

Consideramos que la Ley no va a resolver totalmente el problema de escasez, contaminación, derroche del agua, pero es una herramienta que nos permite ir poco a poco construyendo una institución que vele por la producción, conservación y uso sostenible de la misma, que se cumpla con el precepto constitucional de que todos los Nicaragüenses tenemos el derecho de gozar del uso y disfrute de los recursos naturales y de un ambiente saludable.

Aldo Palacios / RED DE COMUNICADORES AMBIENTALES DE AMERICA LATINA